El Congreso de Oaxaca aprobó una serie de reformas y modificaciones a la Constitución Política Local y a la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Oaxaca.

Estas reformas tienen como objetivo agilizar los procedimientos y hacer más accesible la revocación de mandato, un mecanismo de participación ciudadana que permite a la población decidir si un representante debe continuar o no en su cargo.

📌 Lo que cambia con las reformas

  • El plazo para presentar la solicitud de revocación será en el mes posterior a la conclusión del tercer año del periodo constitucional. En este caso, corresponderá a enero de 2026.
  • El proceso de recabar firmas podrá realizarse durante el mes previo a la solicitud y solo procederá si lo pide al menos el 10% de la Lista Nominal de Electores.
  • Además, la solicitud debe provenir de más de la mitad de los municipios del estado (al menos 286) y representar como mínimo el 10% del padrón electoral de cada uno de esos municipios.

📑 El papel del IEEPCO

El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) será el encargado de organizar el proceso:

  • En los primeros 10 días de octubre emitirá los formatos oficiales (impresos y electrónicos) para la recolección de firmas.
  • Publicará el número exacto de firmas requeridas y los requisitos que deben cumplir.
  • Tendrá un plazo de 10 días naturales para verificar los nombres y porcentajes de las firmas recibidas.

Una vez concluida esta etapa, la convocatoria oficial deberá publicarse en un máximo de tres días.
La fecha de votación será el domingo siguiente a los 30 días posteriores a la emisión de la convocatoria.

❓ Pregunta más clara

Otra de las modificaciones fue en la redacción de la pregunta que se hará a la ciudadanía, con el objetivo de que sea más clara, directa y fácil de entender para todos los votantes.

📖 Reformas específicas

Las reformas a la Constitución de Oaxaca se aplicaron a los siguientes apartados del artículo 25, apartado C, fracción III:

  • Se modificó el primer párrafo del inciso a).
  • Se modificaron los primeros dos párrafos del inciso b).
  • Se modificó el primer párrafo del inciso c).
  • Se adicionaron un tercer y cuarto párrafo al inciso b).
  • Se derogó el segundo párrafo del inciso a).