Con 28 votos a favor, la LXV Legislatura de Oaxaca aprobó una reforma al Código Penal del estado que tipifica como delito la retención de pacientes y cadáveres por adeudos en hospitales o agencias funerarias. La iniciativa fue propuesta por la diputada Lizett Arroyo Rodríguez.

La modificación incluye el artículo 225 Bis en el Código Penal, que establece sanciones de hasta dos años de prisión, multas y la suspensión temporal para ejercer la profesión a quienes impidan la salida de pacientes o la entrega de recién nacidos y cadáveres en instituciones de salud o funerarias. Las sanciones aplican a directores, encargados y empleados que realicen estas prácticas.

La diputada Arroyo Rodríguez argumentó que esta reforma protege los derechos de los usuarios de servicios médicos y castiga las malas prácticas que vulneran aún más a las personas en situación de emergencia.

El decreto entrará en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.