Ciudad de México, 25 de junio de 2025.- Las autoridades federales y especialistas en seguridad pública aclararon que la Constitución mexicana, a través de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea, ya contempla licencias especiales para que los integrantes del Ejército y la Fuerza Aérea puedan participar en cargos de elección popular.

Ante las denuncias de legisladores de oposición que señalan que esta norma se pretende establecer por primera vez en la nueva ley de la Guardia Nacional, las autoridades explicaron que la intención es armonizar dicha ley con lo que ya está establecido constitucionalmente.

La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, destacó que la Constitución ya garantiza estos derechos a los miembros de las fuerzas armadas, y que ahora se busca plasmarlo para que los elementos de la Guardia Nacional, en su mayoría de formación militar, también puedan ejercer los mismos derechos.

Por su parte, el jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, Arturo Coronel Flores, detalló los cuatro tipos de licencias que existen en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea:

  • Licencia ordinaria: para asuntos personales, hasta por 6 meses, con goce de haberes.
  • Licencia ilimitada: para separarse más de 6 meses, sin goce de haberes.
  • Licencia especial: para desempeñar cargos de elección popular, sin goce de haberes.
  • Licencia por edad límite: para la transición de la vida militar a civil, que va de un mes a un año.

El especialista en seguridad pública Alejandro Hernández Vega añadió que, aunque la licencia especial existe desde hace tiempo, los militares no suelen buscar cargos populares como diputados o presidentes municipales, sino que principalmente utilizan licencias para ocupar mandos en áreas de seguridad pública. Sin embargo, con la reforma en la Guardia Nacional, sus elementos ahora también tendrán ese derecho.