El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) ha generado controversia al aprobar la candidatura de Kelly Jannet Cabrera González, miembro de Morena, a una diputación local por la vía plurinominal, a pesar de estar inscrita en el registro de personas violentadoras por violencia política de género. Esta decisión ha generado críticas debido a que Cabrera González había sido sancionada por ejercer violencia política en razón de género, junto con otros integrantes del cabildo municipal de El Espinal, en contra de una regidora.

El rechazo inicial por parte del IEEPCO se basó en el historial de violencia política de género de Cabrera González. Sin embargo, el Tribunal Electoral del Estado (TEEO) decidió revocar esta decisión, argumentando que la restricción para postularse a un cargo de elección popular no está permitida si la sanción por violencia política contra las mujeres en razón de género no es dictada por tribunales penales.

Las resoluciones del TEEO en los juicios acumulados JDC/146/2024 y RA-21-2024 sostienen que la prohibición de postulación debe estar respaldada por criterios constitucionales y legales más claros. Esto ha provocado un debate sobre los límites y criterios para la participación política de personas sancionadas por violencia política de género.

Además de la aprobación de la candidatura de Cabrera González, el TEEO también revocó la decisión del IEEPCO respecto a la candidatura del presidente municipal de Santa Cruz Xoxocotlán, Inocente Castellanos Alejos, quien busca la reelección a través de una coalición conformada por los partidos del Trabajo (PT), Nueva Alianza (Panal) y Unidad Popular (PUP). Esta situación refuerza el debate sobre los estándares y criterios para la participación de personas con antecedentes de violencia política de género en la vida política del estado.