El Pleno de la LXV Legislatura local de Oaxaca ha aprobado por mayoría una serie de reformas al Código Penal del estado y a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, con el objetivo de abordar y sancionar la violencia de pareja. Con 24 votos a favor, se establece una pena de hasta seis años de prisión para quienes cometan este delito.

La modificación legal, respaldada tanto en lo general como en lo particular, busca reconocer la violencia contra las mujeres por razones de género dentro del ámbito de la pareja, así como implementar medidas preventivas y de actuación frente a la violencia en el noviazgo y relaciones similares, que afectan principalmente a la juventud.

La nueva legislación incluye la adición de un capítulo denominado “violencia de pareja” al Código Penal de Oaxaca, específicamente en el “Título Vigésimo Segundo. Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia”, con la definición de “violencia de pareja” y las correspondientes sanciones para quienes la perpetren.

Según la diputada Lizett Arroyo Rodríguez, quien presentó la iniciativa de reforma, los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) revelan que la violencia de pareja ocupa el segundo lugar en cuanto a contextos de violencia, y en los últimos 12 meses ocupa el tercer lugar, después de la violencia comunitaria y la violencia escolar. Estas cifras demuestran la urgencia de abordar este problema en la sociedad.

Con estas medidas, se pretende dar un paso más en la protección de los derechos de las mujeres y en la lucha contra la violencia de género en el estado de Oaxaca, contribuyendo así a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.